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  • Foto del escritorAdal Santana

El veto legal a los inhi­bi­do­res difi­culta el con­trol de las tram­pas en las opo­si­cio­nes

La Directiva 1999/5/CE adoptada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo señala literalmente que “los inhibidores de frecuencia, inhibidores de telefonía móvil, inhibidores de comunicaciones y todo tipo de inhibidores que interfieren, dificultan o entorpecen las comunicaciones, no pueden ser importados, puestos a la venta, llevar el marcado CE, ni pueden ser utilizados en todo el territorio español, salvo las excepciones que se señalan en la propia Directiva“, tales como las actividades relacionadas con la seguridad pública, la defensa nacional o la seguridad del estado


Además, un informe de la Unidad Central de Seguridad Privada del Ministerio de Interior refuerza todo esto remarcando que “los dispositivos inhibidores de frecuencia sólo pueden ser usados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Administraciones Públicas autorizadas, por lo que, en la actualidad, todos aquellos que se estén utilizando fuera de esta excepción, y sin la autorización expresa de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, se encuentran al margen de la legislación vigente, pudiendo aplicarse, en consecuencia, previa denuncia, el correspondiente régimen sancionador por parte del organismo competente”.


Queda claro, pues, que los inhibidores Wifi no son legales, y la normativa europea también es muy clara respecto a su venta. Estos artefactos no pueden ser importados, comercializados, instalados, llevar el certificado CE y puestos en funcionamiento en ningún lugar de la Unión Europea


Fuente: https://www.eldia.es/tenerife/2022/05/04/inhibidores-evitar-trampas-oposiciones-ilegal-65726939.html

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